domingo, 17 de octubre de 2010

El Tribunal Federal Electoral corrige al Tribunal Estatal Electoral de Veracruz


El Tribunal Federal Electoral corrige al Tribunal Estatal Electoral de Veracruz

* Córdoba sin presidente electo
* Omitio la ley el tribunal estatal electoral
* Inconsistentes el 38.71 % de las actas de escrutinio
* Suficientes para nulificar las elecciones

Francisco Javier Chaín Revuelta


El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó ( http://www.trife.gob.mx/todo3.asp?menu=3  ) el 15 de Octubre de 2010 unánime resolución que ordena al Tribunal Estatal Electoral del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave realizar en un plazo de 10 días un nuevo conteo de votos de la elección celebrada el 4 de Julio de 2010 para presidente municipal de Córdoba en 96 casillas debido a inconsistencias.

En boletín de prensa No. 038/2010 difundido por la Sala Regional Xalapa del TRIFE dice que el pleno de la Sala revocó las sentencias del TEE, pues tanto los consejos electorales como las autoridades jurisdiccionales tienen la obligación de llevar a cabo el recuento de la votación ante la simple presencia de errores en las actas de escrutinio y cómputo, como se pudo constatar, sin importar la trascendencia de esos errores en el resultado de la votación ( http://www.trife.gob.mx/todo3.asp?menu=3 )
De lo anterior se observa que el TEE no cumplió su obligación de llevar a cabo el recuento ante la inconsistencia de las actas de escrutinio y cómputo, por lo anterior se hace sospechoso de parcialidad y culpable de no cumplir su responsabilidad.

Se observa de lo anterior que el resultado de esta elección aún está por determinarse e incluso puede tardar más tiempo su resolución final si hay inconformidades al realizarse el nuevo conteo.

Se observa que las  96 casillas representan el 38.71 por ciento de un total de 248 instaladas.

La lista nominal del registro nacional de electores al 1 de octubre de 2010 señala para el municipio de Córdoba 143,201 electores.

El comité municipal del IEV el 7/oct/2010 dio resultados con un total de votos emitidos de 75,933 (53% de la lista nominal).

Lo anterior señala que el ganador de las elecciones, con esas cifras, fue el abstencionismo con 67,268 votos (47% de la lista nominal), cuando a la coalicion pri-verde-prv sólo alcanzo 31,251 votos (21.82% de la lista nominal) y el pri apenas 29, 602 (20.67 de los votos de la lista nominal)

Despues de una impugnación ante el IEV, este anuló 10 casillas, qedando oficialmente como total de votos la cantidad de 71,988 votos.

Sobre el Instituto Electoral Veracruzano (IEV) la mayoría de los ciudadanos cuestionados opina que es una basura, que no tiene ética ni verguenza y que es sólo una oficina del PRI más que órgano imparcial que debería de haber llevado las elecciones sin favoritismos. Si se hace una revisión de la lista de los funcionarios de casilla se encontrará que muchos de ellos han tenido puestos en el gobierno y/o el pri.



Notas:

1. El IEV  el 4 de julio era presidido por Carolina Viveros.

2. La Sala Regional Xalapa del TRIFE, EXPEDIENTES: SX-JRC-188/2010 Y SX-JRC-194/2010, Magistrada presidente Claudia Pastor Badilla, Magistrada Yolli García Alvarez, Magistrada Judith Yolanda Muñoz Tagle. Secretario General de acuerdos Victor Ruiz Villegas.

3. Inconformidades antes el IEV 13 y 14 de julio RIN/141/06/45/2010, RIN/142/01/45/2010 y RIN/143/04/45/2010, RIN/144/03/45/2010.
4. Se pide nulidad por: propaganda electoral fuera de los plazos establecidos en la ley, compra de votos, traslado a las urnas de votantes e intimidación de representantes de los partidos por la policia municipal, inequidad en medios de comunicación, intervención del gobernador del estado.

5. El consejo Municipal del Instituto Electoral Veracruzano con cabecera en Córdoba, realizó el cómputo de la elección de integrantes del mencionado ayuntamiento. Los resultados (7 de Julio) fueron los siguientes: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
25,784
Veinticinco mil setecientos ochenta y cuatro
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
31,205
Treinta y un mil doscientos cinco
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1,103
Mil ciento tres
PARTIDO REVOLUCIONARIO VERACRUZANO
607
Seiscientos siete
COALICIÓN “VERACRUZ PARA ADELANTE”
32,915
Treinta y dos mil novecientos quince
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
3,758
Tres mil setecientos cincuenta y ocho
PARTIDO DEL TRABAJO
1,667
Mil seiscientos sesenta y siete
PARTIDO CONVERGENCIA
8,548
Ocho mil quinientos cuarenta y ocho
COALICIÓN “PARA CAMBIAR VERACRUZ”
13,973
Trece mil novecientos setenta y tres
PARTIDO NUEVA ALIANZA
731
Setecientos treinta y uno
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
56
Cincuenta y seis
VOTOS NULOS
2,474
Dos mil cuatrocientos setenta y cuatro
VOTACIÓN TOTAL EMITIDA
75,933
Setenta y cinco mil novecientos treinta y tres

6.


CAUSALES DE NULIDAD DE VOTACIÓN RECIBIDA EN CASILLA ART. 307 DEL CÓDIGO ELECTORAL DE
VERACRUZ

I. Instalar casilla en lugar distinto.
IV. Recibir votación en fecha distinta.
V. Recepción de votación por persona distinta.
VI. Error o dolo.
IX. Violencia física o presión.
XI. Irregularidades graves.


7. Resolución del Tribunal local. El diez de septiembre, el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave dictó sentencia, y se recompusieron las cifra de la eleccion municipal quedando como sigue por anulación de 10 casillas.

PARTIDO ACCIÓN NACIONAL
24,362
Veinticuatro mil trescientos sesenta y dos.
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
29,602
Veintinueve mil seiscientos dos
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
1,061
Mil sesenta y uno
PARTIDO REVOLUCIONARIO VERACRUZANO
588
Quinientos ochenta y ocho
COALICIÓN “VERACRUZ PARA ADELANTE”
31,251
Treinta y un mil doscientos cincuenta y uno
PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA
3,628
Tres mil seiscientos veintiocho
PARTIDO DEL TRABAJO
1,588
Mil quinientos ochenta y ocho
PARTIDO CONVERGENCIA
8,082
Ocho mil ochenta y dos
COALICIÓN “PARA CAMBIAR VERACRUZ”
13,298
Trece mil doscientos noventa y ocho
PARTIDO NUEVA ALIANZA
694
Seiscientos noventa y cuatro
CANDIDATOS NO REGISTRADOS
56
Cincuenta y seis
VOTOS NULOS
2,327
Dos mil trescientos veintisiete
VOTACIÓN TOTAL EMITIDA
71,988
Setenta y un mil novecientos ochenta y ocho

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